¿Quiénes pueden recibir el complemento?
Personas que ya están jubiladas y hayan realizado como mínimo 10 años de aportes durante su etapa laboral, cumpliendo con los requisitos establecidos por el instituto.
O Cónyuge / Hijos menores de edad o discapacitados de personas afiliadas al Instituto o personas que ya cobraban el complemento, las cuales fallecen.