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Complementos

Complemento Jubilatorio

Corresponde a todas aquellas personas que aportaron al Instituto como mínimo 10 años y perciben el pago de su jubilación.

Complemento de Pensión Directa

Se les abona a los cónyuges supérstites e hijos menores de 18 años o incapacitados, de nuestros Afiliados.

Complemento de Pensión Derivada

Se les abona a los cónyuges supérstites e hijos menores de 18 años o incapacitados, de nuestros Beneficiarios.

Certificado Vivencia

Presentación semestral, durante los meses de Marzo y Setiembre de cada año.