Complementos
Complemento Jubilatorio
Corresponde a todas aquellas personas que aportaron al Instituto como mínimo 10 años y perciben el pago de su jubilación.
Complemento de Pensión Directa
Se les abona a los cónyuges supérstites e hijos menores de 18 años o incapacitados, de nuestros Afiliados.
Complemento de Pensión Derivada
Se les abona a los cónyuges supérstites e hijos menores de 18 años o incapacitados, de nuestros Beneficiarios.
Certificado Vivencia
Presentación semestral, durante los meses de Marzo y Setiembre de cada año.